ABOGADOS-CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO:CARACTERES
Texto
A diferencia de lo que ocurre con la abogacía privada (que se ejerce a través de distintos contratos previstos en el Código Civil -mandato, locación de servicios o locación de obra- o bajo relación de dependencia con una empresa no estatal conforme a las pautas de la Ley de Contrato de Trabajo), la relación entre el Estado y sus abogados se rige por normas de derecho público, pues el abogado del Estado ejerce una función pública prestando un servicio relativo a su profesión como agente público y no a su profesión de abogado o procurador (Disidencia de la Dra. Elena I. Highton de Nolasco).
Fuente : OFICIAL - Corte Suprema de Justicia de la Nación
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Mayoria: Lorenzetti, Fayt, Petracchi, Maqueda, Zaffaroni, Argibay Voto: Disidencia: Highton de Nolasco Abstencion:)
Colegio Público de Abogados de Capital Federal c/ EN - PEN - ley 25.414 - dto. 1204/01 s/ amparo
SENTENCIA del 4 de Noviembre de 2008
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